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Es un vocero para comunicarnos con todos los Trabajadores Administrativos del Sector Educación
NO EN VANO SE NACE AL PIÉ DE UN VOLCÁN
jueves, 19 de mayo de 2011
domingo, 15 de mayo de 2011
SÓLO LA UNIDAD NOS CONDUCE A LA VICTORIA !!!
CONGRESO DE LA REPUBLICA APROBÓ EL PAGO DEL D.U Nº 037-94
LO QUE SE SIEMBRA , SE COSECHA !!!
“Pregúntate si lo que estas haciendo hoy, te acerca al lugar en el que quieres estar mañana”
Compañeros y Compañeras;
El D.U. 037-94, es un trabajo histórico de nuestra gloriosa organización que data de muchos años, específicamente desde 1994. El año 2002, una Base nuestra de la Región San Martin, el SITASE MOYOBAMBA, logró una de las primeras sentencias judiciales con el derecho al pago de la continua y los devengados, incluidos los intereses judiciales; Luego, los sindicatos de Moquegua, Cajamarca, Cusco, Arequipa, Amazonas y la mayoría de las regiones, así como en el Callao y Lima en el 2007. Lo cierto es que, el pedido de la FENTASE siempre fue que se otorgue el pago sin acciones judiciales, que generan distorsiones, pleitos y cuestiones dinerarias, etc. Las acciones por el D.U. Nº 037-94, están plasmadas en las actas firmadas en el Trato Directo entre el MED-FENTASE y esas actas las tienen los Secretarios Generales y Delegados que asisten a las Asambleas Nacionales y Congresos Nacionales, por eso, nadie debe dejarse sorprender por algunos advenedizos que aparecen como los grandes gestores y que sólo buscan réditos personales y de grupo.
La lucha ha sido permanente y en todos los espacios correspondientes: Trato Directo FENTASE - MINISTERIO DE EDUCACIÓN, Pliego de Reclamos (todos los años), Congreso de la República, (apoyo de los congresistas oficialistas, nacionalistas y de otras bancadas), así como también las innumerables acciones judiciales a nivel nacional, todo este trabajo ha servido para sensibilizar sobre el contenido de la deuda social del D.U Nº 037-94 que el gobierno le tiene a los trabajadores nombrados y contratados; activos y cesantes, tanto del Ministerio de Educación como del Ministerio de Salud.
En ese sentido, después de muchas batallas y negativas por parte de las autoridades judiciales y la declaración de improcedencia hasta en tres oportunidades por el Tribunal Constitucional, señalando que por percibir los incentivos del Decreto Supremo Nº 019-94, no nos correspondía el beneficio del D.U. Nº 037-94. Finalmente, en el contexto de un análisis mucho más exhaustivo del Pleno del Tribunal Constitucional, emitió la STC Nº 2616-2005-TC del 13 de setiembre del 2005, disponiendo como observancia obligatoria a los operadores jurisdiccionales el pago de este beneficio, por ser más beneficioso en comparación con el D.S. Nº 019-94, que veníamos percibiendo, lo que obligó al gobierno a crear el Fondo para el pago de este derecho, mediante el D.U. Nº 051-2007, Fondo que se aprueba anualmente en la ley de presupuesto desde el año 2008 a la fecha y que además se viene pagando, constituyéndose en un hecho evidente, que silenció y acalló a algunos compañeros (dirigentes y ex dirigentes) que de manera interesada y distorsionada, salían a confundir a los trabajadores, aduciendo que este pago nunca se daría y que luego de darse cuenta de sus falacias, cambiaron de discurso, no para retractarse sino para aparecer como los triunfadores de dichos logros. ¡Quien miente!.
El dictamen por unanimidad de la Comisión de Seguridad Social, con una fórmula sustitutoria, publicado en el Portal del Congreso el 17 de setiembre de 2009 y acordado por unanimidad la exoneración del dictamen de la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República, recaído en los Proyectos de ley de Nº 1464-2006-CR y 1998-2007-CR y aprobado en el pleno del Congreso de la República con 71 votos el jueves 12 de mayo del presente y que luego será remitido al Ejecutivo para su promulgación y publicación en El Diario Oficial “El Peruano”. Este es un paso importante que confirma nuestro derecho al pago de los BENEFICIOS DISPUESTOS POR EL D.U. 037, SIN SENTENCIA JUDICIAL, lo cual es producto del trabajo de la FENTASE y sus bases desde hace muchos años, no es el resultado de la gestión de una persona ni de un pequeño grupo que sólo para seguir beneficiándose en componendas con abogados poco profesionales, continúan mintiendo y utilizando una serie de recursos y argucias ya no solo con el D.U. Nº 037-94, sino ahora con los compañeros contratados, inventándoles mentiras, movilizándolos y convocándolos de un lado para otro, con discursos hepáticos y poco serios, dejando de lado los principios elementales del sindicalismo que es la “UNIDAD” y lo que es peor, estos supuestos “Lideres” por algunos informes recibidos del interior del país, aprovechándose de la situación, vienen pidiéndoles sumas de dinero, prometiéndoles el nombramiento. Es inconcebible que existan elementos con este perfil en nuestra organización. Estas acciones van a ser denunciadas en la próxima Asamblea Nacional de Delegados.
El Comité Ejecutivo Nacional como está establecido en los estatutos y en los mandatos de las instancias superiores, viene trabajando a través del Trato Directo, implementando y estableciendo condiciones para lograr los justos requerimientos de todos los afiliados a nivel nacional, lo que se dará a conocer próximamente a los secretarios generales regionales convocados mediante directiva.
Finalmente, queremos dejar bien establecido el rol y las competencias de cada una de las instancias orgánicas de la FENTASE, que están establecidas en los estatutos y que, ante alguna infraganti alteración de lo establecido se dará cuenta a la asamblea nacional próxima a realizarse en la ciudad de Huamachuco – Trujillo, para los fines pertinentes.
¡SÓLO LA UNIDAD NOS CONDUCE A LA VICTORIA!
SECRETARÍA NACIONAL DE PRENSA
CEN-FENTASE
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