A través del COMUNICADO Nº 003-2012-SERVIR/TSC, publicado el día de hoy, 02 de Octubre-2012, en El Diario el Peruano, el Tribunal del Servicio Civil, recuerda que para el calculo de las Asignaciones por 25 y 30 años de servicio, subsidios por luto y sepelio, en otras bonificaciones correspondientes a los servidores administrativos comprendidos en el Decreto Legislativo Nº 276 y a los docentes comprendidos en la Ley Nº 24029, no es aplicable la remuneración total permanente señalada en el D.S. 051-91.PCM.
En tal sentido, se precisa que para dichos cálculos debe seguirse el precedente administrativo obligatorio establecido a través de la Resolución de Sala Plena Nº 001-2011-SERVIR/TSC.